PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el recurso de Apelación, interpuesto, por el Defensor Privado HERNAN TRUJILLO, contra la sentencia de fecha 05 DE MARZO DE 2014 emanada del Tribunal de juicio Itinerante Nº 1 del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, mediante la cual se declaró: CULPABLE al ciudadano: DANIEL JOSE MILANO CARRION, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 06-05-1983, de 30 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.215.713, de estado civil Soltero, hijo de Luzmila Carrión (v) y Enrique Milano (v), de profesión u oficio trabaja en salud, residenciado en la prolongación Calle Dalla Costa, villa Manamo, casa sin numero de color azul, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, por ser autor responsable de la comisión del delito de TRAFICO DE DROGAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas. En consecuencia, de conformidad con el artículo 349 del Código Orgánico Pro.....