DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: Primero: Se decreta seguir con el Procedimiento Ordinario tal como lo establece el Artículo 280 del Código Orgánico procesal Penal, a los fines de que el Ministerio Público continúe con las investigaciones pertinentes. Segundo: se decreta MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, al ciudadano: EDGAR FERNANDO ROJAS FERMIN; venezolano, de 24 años de edad, natural de esta Ciudad, donde nació en fecha 27/10/1980 de profesión u oficio Obrero, estado civil Soltero, Residenciado en la Perimetral Calle 03 Casa N° 32, de esta Ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad N° V-16.853.720, de conformidad con lo pautado en el artículo 250 ordinales 1°, 2°, 3°; 251, ordinal 4 .....