Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara perimida la instancia en la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, interpusiera por las ciudadanas Yadira Coromoto D´Guida Herrera y Thaidi Alfonsina D´Eguida Herrera, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 7.158.901 y V.- 8.596.537, mediante su apoderada judicial abogada Yetsana María Álvarez Padrón, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 134.969, en consecuencia, queda extinguido el proceso.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia y déjese copia en el copiador de Sentencias, sistematizado en formato de PDF. Notifíquese a la parte solicitante de esta decisión, por los medios de Telemáticos, Informativos y d.....