Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la Yudith Coromoto Campos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.096.051, asistida por la abogada Leny Sequera, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 174.749.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía al ciudadano Ángel José Ramonez Silvestre, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.100.576, y que fuera contraído en fecha 21 de febrero de 1992, por ante el Registro Civil del Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo, tal como consta en acta asentada bajo el No. 09, Folio 17, año.....