VII
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO de Apelación con efecto suspensivo, interpuesto por el Abogado NOEL RIVAS ACOSTA, en su condición de Fiscal Primero del Ministerio Publico, ampliamente identificado en autos, contra el auto dictado por el Juzgado Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de fecha 14 de Mayo de 2.008, y RATIFICA las Medidas Cautelares impuestas por el Juez a quo, en la decisión impugnada, en los siguientes términos: PRIMERO: Impone al imputado JOSE ANDRES RAMOS RAMOS, las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación de Libertad, previstas en los numerales 3 y 8 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a cumplirse en los tér.....