DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al contenido de los artículos 13 Y 257 de la Carta Magna. SEGUNDO: DECRETAR la Privación Preventiva de Libertad del ciudadano JULIO ANTONIO UNICARE, titular de la cedula de identidad nº 11.210.453, por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, encontrarse acreditada la existencia de los tipos penales de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el literal A del numeral 3º del articulo 406 del Código Penal, en concordancia con el articulo 219 ambos del Código Penal, en .....