DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22, y 349, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano ANDRID LEONARDO QUIRÓZ MENDOZA, venezolano, de 27 años de edad, nacido en Puerto Cabello, Edo Carabobo el 10-01-1988, hijo de Mirla Mendoza (v) Efraín Quiróz (f), con 4º año de Bachilletarto, C.I. 20.145.771, de estado civil soltero, residenciado en Capure, al lado del Cementerio Municipal de Capure, Municipio Pedernales, casa s/n, por ser autor de la comisión del delito de TRÁFICO DE DROGAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 en su primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad. En consecuen.....