Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con el artículo 373, segundo aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al contenido de los artículos 13 y 372 ejusdem, y 257 de la Carta Magna. SEGUNDO: Se decreta a favor de los ciudadanos CLOCIER YANEZ KEYVICK y HERRERA JORGE ENRIQUEZ, medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad conforme a lo establecido en el numerales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal consistente en la obligación de presentarse periódicamente cada quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, de igual forma la prohibición de acercarse a la victima ciudadana HUMILDE MARIA ZACARIAS. Remitanse las presentes actuaciones al Trib.....