Por todo lo expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia estadal y Municipal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, CON LUGAR la solicitud de la representante del Ministerio Público, ABG. DAVID AUMAITRE, y se Ordena el BLOQUEO E INMOVILIZACION PREVENTIVAS DE LAS CUENTAS BANCARIAS en las entidades públicas y privadas adscritas a la Superintendencia de Bancos (SUDEBAN) en las cuentas que figure como titular o firma autorizada la ciudadana ALEJANDRA JOSE DIAZ RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº 18386142, de 28 años, nacido el 1-8-1986, de profesión u oficio vendedora en una carnicería, residenciada en Los cedros segunda calle casa de color blanca, padres Ana Ramírez y Nerman Díaz y LA INCAUTACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES pertenecientes a la referida ciudadana como es un (01) vehículo , tipo moto, marca Bera, modelo BR 150.....