Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud interpuesta, la extinción de la acción penal y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO de la Causa de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 6°, 330 ordinal 3°, 318 ordinal 3°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 40 ejusdem a favor del ciudadano Carlos Rafael Hurtado Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.926.705, domiciliado en la Avenida Arismendi, al frente de la Asamblea Legislativa. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese, publíquese y remítase al Archivo Judicial una vez quede definitivamente firme la presente sentencia.