PRIMERO: Se declara el SOBRESEIMIENTO, por cumplimiento de las condiciones impuestas en la audiencia preliminar y en consecuencia, la extinción de la ACCIÒN penal, en favor del ciudadano, CESAR CABELLO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 24.118.31231, fecha de nacimiento 14-05-1993, de 21 años de edad, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, de oficio Agricultor, de estado civil soltero, residenciado en el sector de Cocuina, calle principal, Casa S/N, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, cerca de la gallera, hijo de MARIBI BERMUDEZ (V) y ISIDRO CABELLO (V) y EDUAR ALEXANDER ROJAS ROJAS, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 22.924.841, fecha de nacimiento 11-11-1993, de 21 años de edad, natural de Sucre, de oficio Agricultor, de estado civil soltero, residenciado en el sector de Cocuina, calle principal, Casa S/N, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, cerca de la gallera, hijo de BRICEIDA ROJAS (V) y EMILIO ROJAS (V), por encontrarse presuntamen.....