DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la aprensión del ciudadano: NEOMAR GABRIEL BERMUDEZ GLECIANO, venezolano, natural de esta ciudad, de 22 años de edad, de estado civil soltero, obrero, residenciado en el Barrio La Perimetral de esta ciudad, titular de la cédula de identidad No. 13.744.029, por haber incumplido sin motivo justificado su comparecencia a los fines de celebrar la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 262 ordinal 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Y Así se Declara.
Notifíquese a las partes. Líbrese oficio al Jefe de la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines que sea aprehendido y conducido posteriormente ante este Tribunal de Control. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABOG. ALEXI.....