este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Acuerda:
PRIMERO: EJECÚTESE FORZOSAMENTE la sentencia de fecha 24/04/2015, conforme a lo dispuesto en el artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se condena a cancelar al demandado de autos, Ciudadano JOSE CONCEPCIÒN ZABALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.334.923, el monto de ONCE MIL BOLIVARES (Bs.11.000,00), que comprende tres (03) meses (abril, mayo, junio y veinte (20) días (Julio) de mensualidad, a razón de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,00) cada uno; por concepto de OBLIGACIONES DE MANUTENC.....