DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el ciudadano: JIMMYS JOSE BERMUDEZ BARRIERA, titular de la cédula de identidad No. 15.795.594, en consecuencia se ordena la entrega del vehículo: Marca Lada, Modelo 21053, año 1992, Tipo Sedan, Color blanco, Clase Automóvil, Serial del Motor: 2333047; Serial De Carrocería: XTA210530N1307383, Placas: XST037, Uso: Particular, de conformidad con en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal., respetándose el mejor derecho que cualquier tercero pueda tener sobre el bien en cuestión. Librese el correspondiente oficio. Cúmplase.- Regístrese, diaricese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ
ABG. AL.....