En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, conforme a lo dispuesto en los artículos 7, 8, 30 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los lineamientos del Tribunal Supremo de Justicia respecto a la administración de las cantidades de dinero cuando ellas se descuenten por concepto de obligación de manutención, o cualquier otro concepto, donde se limita la participación del Estado mediante los Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por considerar actos de simple administración y, ACUERDA:
PRIMERO: Se AUTORIZA a la Ciudadana LEXIS MARIA CACCIOTTI VERDE, titular de la cedula de identidad Nº V-9.864.299, a que haga los trámites correspondientes ante la Oficina de Control y Consignaciones a los fines de q.....