DISPOSITIVA. Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: A tenor del primer aparte del artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la devolución del vehículo distinguida con la siguientes características: Tipo: SPORT WAGON, Clase: CAMIONETA, Placa: AA251XJ, Marca: TOYOTA, Modelo: 4RUNNER 4x2 5A/ , Año: 2005, Serial de Motor: 10GR0617680; Serial de Carrocería: JTEZU14R058026144; Uso: PARTICULAR; Color: PLATA, apoderado del ciudadano JAVIER JOSE FIGUERA NARVAEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.864.729, ampliamente autorizado por el ciudadano EDDER DARIO MONTAÑO RODRIGUEZ y JOHANA GONZALEZ GARCÍA, venezolano y colombiano, titulares de la Cédula de Identidad Nro. 15.908974 y .....