este Tribunal Único de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda mantener a la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, natural de Tucupita, con cédula de identidad Nº V- XXXXX, soltera ,grado de instrucción 4to año de bachillerato, nacido en fecha 25/01/1,993 de 17 años de edad, residenciado en el sector Jerusalén calle zona franca casa sin numero, de esta ciudad, la Medida Prisión Preventiva como Medida cautelar establecida en el artículo 581 en concordancia con el artículo 628, segundo aparte literales “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por estar presuntamente incursa en la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto en el artículo 31, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, Ratificándose como sitio de rec.....