este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 366, 473 y 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos en relación al convenimiento al cual llegaron las partes, respecto al monto por concepto de obligación de manutención:
PRIMERO: El Ciudadano NEIL ANDREWS, se comprometió a depositar en la cuenta corriente del Banco de Venezuela Nº 0102-0470-43-0000101459, siendo la titular la Ciudadana ROSMAR LIBERTAD RODRÍGUEZ, la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2000,00), mensuales el ultimo día de cada mes, a razón de alcanzar e ir cubriendo el cincuenta por ciento (50%) de gastos médicos de la niña (se omite el.....