PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el recurso de Apelación de autos, interpuesto, por la Abogada YUDITH YDROGO MEDINA, Defensora Pública Segunda de la Sección Penal de Adolescente, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, contra la decisión de fecha 26 de Diciembre de 2015 en la causa signada Nro. YP01-D-2015-000265, mediante la cual acordó la DETENCIÓN PARA ASEGURAR la COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR, de conformidad con el artículo 559 Y 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, del adolescente (Identidad Omitida); por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, AGAVILLAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal Venezolano, LESIONES GENÉRICAS previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano y ULTRAJE AL PUDOR previsto y sancionado en el artículo 381 del Código Penal Venezolano, de conformidad con lo .....