Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas durante el régimen de pruebas que le fuera establecido al ciudadano EMMANUEL JOSÉ, ALFONZO MENDOZA , titular de la cedula de identidad Nº V- 20.566.000, de nacionalidad Venezolana, soltero, de profesión u oficio Comerciante , de 22 años de edad, nacido en fecha 18/10/89, residenciado en la Calle San Cristóbal, casa Nº 22, Tucupita – Delta Amacuro, teléfono 0414 3947273, por estar incurso en el delito de de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio.....