este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL N° 02 DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Este Tribunal se avoca al conocimiento del presente asunto y se ratifica la orden de localización de fecha 08/07/2002, del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal (vigente para el momento de suceder el hecho), en perjuicio de Rosalía Marcano, a la Policía del Estado Delta Amacuro y a la Policía Municipal, una vez localizado recluirlo en la Entidad de Atención Socioeducativa Varones del Inam, Tucupita, a los fines de que lo hagan comparecer a este Tribunal a los fines de su asistencia a los actos procesales fijados por este Tribunal, de conformidad con el Artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente por expresa remisión del artículo 537 .....