En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Ejecución para la Responsabilidad Penal de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LA EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN dictada al joven, IDENTIDAD OMITIDA, pero se observan oficios enviados a la Policía del Municipio Casacoima, a los fines de informar a las partes sobre el proceso), hijo de Meury Josefina Yánez Castro, bajo las siguientes Medidas: LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE UN (1) AÑO y REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE UN (1) AÑO, ambas de cumplimiento simultáneo de conformidad con lo establecido en los artículos 620, literales d, b, 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y SERVICIO COMUNITARIO, por espacio de SEIS (6) MESES, de conformidad con el artículo 620 literal c) de la Ley que rige la materia, debi.....