Se ordena la remisión de la presente causa al Archivo Judicial por haber permanecido paralizada la presente causa en fase de ejecución, Tres años y seis meses, lo que configura una pérdida de interés sobrevenida en ejecución. En el entendido que la presente remisión se realiza a los fines de la CUSTODIA del expediente así como el descongestionamiento del archivo. Así se establece.
La Juez Provisoria,