DISPOSITIVA
Por todas estas razones, a tenor de lo establecido en el artículo 293 del Código Orgánico Procesal este juzgado Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro, Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del ciudadano, Jesús Aquilino Guerra Miere, titular de la cédula de identidad V.- 8.952.418.
SEGUNDA: Se ACUERDA la entrega al ciudadano, Jesús Aquilino Guerra Miere, titular de la cédula de identidad V.- 8.952.418, ya identificada, del vehículo y el motor descritos con las siguientes características: Marca: YAMAHA 75 HP, Modelo: E75BMHDL, Tipo: Fuera de Borda, Color: Gris, Serial del Motor de la Unidad en Estudio se encuentra devastado, una embarcación construida en madera de las conocidas como balajú, sin nombre ni matricula, de color amarillo con franjas de color rojo en su exterio.....