Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO. La perdida de la concentración y continuidad en el presente juicio, iniciado en fecha veinticinco (25) de Julio del año dos mil seis (2006) seguido contra los ciudadanos MARPAUL LILMAN LALTHA, venezolano por naturalización, natural de Guyana, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 16-10-1970, de 34 años de edad, de profesión soltero, de oficio: pescador, residenciado en San Félix, estado Bolívar, titular de la cédula de identidad Nro. 21.667.627 y SURESH RAHWA, de nacionalidad Guayanesa, natural de Buslohlot, República de Guayana, fecha de nacimiento 16-09-1957, de 47 años de edad, soltero, de profesión u oficio: pescador, residenciado en Berbice, Guyana, titular de la cédula de identid.....