DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO; Se ordena la aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 y 280 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda Medida Cautelar Sustituida de Libertad de conformidad con el artículo 256 numeral 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: ERWIN JAVIER MARCANO ASTUDILLO, venezolano, mayor de edad, de titular de la cedula de identidad Nº 19.140.313, residenciado en Villa Bolivariana, Sector III, trasversal 03, cerca de la señora descree de habitad y vivienda, natural de San Félix Estado Bolívar, de 30 años de edad, nació en fecha, 25/05/1982; de profesión u oficio, Oficial de la Policía Municipal de Tucupita, .....