...Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia queda establecido la cantidad de OCHENTA Y UN MIL BOLÍVARES (81.000,00 Bs.) mensuales, que equivale al (20%) de un salario mínimo que perciba el ciudadano MIGUEL ANTONIO GARCÍA MARQUEZ, por concepto de Obligación Alimentaria, en beneficio del niño (SE OMITE EL NOMBRE), de 02 años de edad, a partir del 15 de Abril del presente año. Asi mismo el obligado ofrece dos bonos especiales por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 150.000,00) cada uno. El primero será cancelado el treinta de septiembre del presente año y el otro será cancelado en la primera quincena del mes de diciembre...