Por todo lo antes expuesto, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra los ciudadanos: CEDEÑO CALZADILLA EDGAR JESUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.582.779, CEDEÑO CALZADILLA ANGEL LUIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.212.223, y ZACARIAS SILVA FREDDY MANUEL, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.334.245, por haber sobrevenido la causal establecida en el Código Orgánico Procesal Penal, haciendo cesar todas las medidas de coerción. Todo de conformidad con el artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y a tenor de lo establecido en el artículo 319 del texto adjetivo penal vigente que consagra los efectos i.....