DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: De conformidad con el artículo 250, 5to. aparte del Código Orgánico Procesal Penal, y atendiendo a los artículos 13 y 280 ejusdem, se ACUERDA PRÓRROGA de OCHO (08) DÍAS, contados a partir del vencimiento del lapso primeramente señalado de treinta días, a la Fiscal Auxiliar Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, a fin de presentar acto conclusivo en la investigación seguida en contra de los ciudadanos DHANRAR RAMBARAN GOMEZ, venezolano, de 47 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.125.230, ANDRES JOSÉ SUCRE, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-25.125.276, HEMCHAND RAJKUMAR, de nacionalidad Guyanesa, de 21 años de edad, indocumentado, CHUNILALL SU.....