Vista la incomparecencia de las partes, por ante este Tribunal en oportunidad fijada para el inicio de la audiencia preliminar en fase de Mediación, contentivo del procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, signado con el YP11-V-2012-000108, contentivo del procedimiento de Obligación de Manutención, interpuesto por la ciudadana: ROMELIA DEL VALLE GARCIA MACOTERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.410.832, domiciliado en San francisco de Guayo, Parroquia Padre Barral, Casa S/N del Municipio Antonio Díaz del estado Delta Amacuro, en contra del ciudadano: JUAN SIMON BERIA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.954.065, domiciliado en el Palomar, Calle 4, Casa S/N de esta ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, en beneficio del Adolescente y los niños: (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), (se omite el nombre .....