Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: la APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte, en relación con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano: MOYA SALAZAR ENDERSON JOSE, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad V- 21.340.138, fecha de nacimiento 12/11/1988, estado civil soltero, grado de instrucción quinto grado, de ocupación comerciante, hijo de Dalia Salazar e Ismael José Moya, residenciado en la Invasión 23 de Febrero Carretera Nacional vía el cierre Sector Paloma, después del Rey de la Sopa Nacional; de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal; en conse.....