PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR, en todas sus partes, el recurso de apelación de Auto interpuesto por la Abogado: ZULLY SARABIA HURTADO, Defensora Publica Sexta Penal del ciudadano HENRY OMAN DIAZ, titular de la cedula de identidad N° 19.159.459, natural de Tucupita, venezolano, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 07/03/1989, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, Residenciado en la Comunidad Indígena, de Playa Sucia, Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, vía fluvial, hijo de Edesia Diaz (v) y padre desconocido, en perjuicio de Ernesto Ramón Zambrano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y RESISTENCIA AL AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 458 y 218 ambos del Código Penal Venezolano.