Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA la medida de RÉGIMEN ABIERTO, al penado VICTOR JOSE ABREU, venezolano, natural de Tucupita estado Delta Amacuro, donde nació en fecha 03-03-1982, de 27 años de edad, hijo de Juana Leonor de Abreu (v) y Victor Astudillo, de profesión u oficio obrero, con último domicilio en Caserío El Guamo, casa sin número, Tucupita, estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad personal No. V-17.053.149, de conformidad con el artículo 479 numeral 1º y 500 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo Pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario "FRANCISCO DE MIRANDA", ubicado en la ciudad de Maturín, Estado Monagas, quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la pr.....