ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite parcialmente, la acusación presentada por el Ministerio Publico, en contra de los ciudadanos 1-AGUILAR MILLAN ALBERTO CIRILO, venezolano, natural de esta ciudad de Tucupita, mayor edad, portador de la cedula de identidad Nº V- 21.547.086, edad 37 años, fecha de nacimiento 06/07/1976, Soltero, de profesión u oficio obrero de la Alcaldía, residenciado en el Barrio la calle principal los cocos casa S/N al lado de un taller de latoneria y pintura Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, quien dijo ser hijo de Abelto Aguilera (f) y Nerida Milla (v), y 2.-RUBEN ALEXANDER DIAZ MARCANO, venezolano, portador de la cedula de identidad Nº V- 12.546.924, natural de esta ciudad mayor edad, fecha de nacimiento 03/04/1975,.....