DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia Municipal, Estadal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara el cese de la medida de incautación preventiva de los bienes distinguidos con las siguientes características: 02) Motores Fuera de Borda. Modelo: 75 HP, Marca: Yamaha, Serial 1035174 y (01) Embarcación: Tipo: Curiara, de fabricación Artesanal, construida con lamina de hierro, color: Blanco y Negro, aproximadamente 14, Metros, con 80 centímetros, con dos metros con 45 centímetro de manga y 01 metro con 30 centímetro de puntal, y se ordena la entrega del precitado vehículo al ciudadano EMIGDIO RAFAEL MATA DICURU, venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad N° V-8.954.101, decretándose en consecuencia sin l.....