DISPOSITIVA
Por las razones arriba expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente Causa por la Vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo previsto en los artículos 262 del Código Orgánico procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta Medida Privativa de Libertad de conformidad con los artículos 236, numerales 1, 2 y 3, 237 parágrafo primero, y 238 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano: CRUZ JOSE PEREIRA, venezolano, natural de esta ciudad, nacido en fecha 03-05-1978, de 34 años de edad, de profesión u oficio mecánico, estado civil soltero, residenciado en el barrio el Morichal, calle principal, titular de la cedula de identidad Nº 15.499.354, hijo de JOSE RAMON MILLAN .....