DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas promovidas, admitidas y evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este debate oral y público, este Tribunal de Juicio Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide de manera UNANIME con fundamento en los artículos 13, 22, 347 y 348, todos del Código Orgánico Procesal Penal, lo siguiente:
PRIMERO: Se declara NO CULPABLE al ciudadano KEIVERT MANUEL BRITO RODRÍGUEZ, titular de la cedula de identidad número V-23.256.841, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, soltero, profesión u oficio albañil, fecha de nacimiento 28/09/1993, de 21 años edad, residenciado Sector Villa Rosa, Calle 08 con Calle 07 con transversal 01, Tucupita, estado Delta Amacuro, cerca del preescolar, .....