Por todas las consideraciones anteriormente expuestas es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio De Protección De Niños, Niñas y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad De La Ley, declara:
Primero: Sin Lugar, la solicitud de Restitución De Custodia, incoada por la ciudadana Lila del Valle Malalu, en contra del ciudadano José Lisandro González, a favor de los niños: (se omiten los nombres de conformidad con lo establecido con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) González Malalu, de ocho (8) y siete (7) años de edad, respectivamente.
Segundo: Por cuanto la presente decisión fue tomada dentro del tiempo legal, no se ordena notificar a las partes. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencia del Tribunal .....