este Tribunal deja expresa constancia de la INCOMPARECENCIA, de la parte actora, el ciudadano: el ciudadano MARCIAL JOSÉ SARABIA COA, ni por sí ni por apoderado alguno, a este Audiencia Preliminar. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia del Abog° BRANLY VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.440.895, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.644, representante legal de la Cooperativa Indios de Tucupita 385 RL, según se evidencia de poder que riela al folio 14 de las actas que conforman el presente expediente, por lo que de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGÍSTRES LA PRESENTE DESICIÓN. En señal de conformidad con lo an.....