Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, rechaza a los ciudadanos ASCANIO JOSE FERMIN VASQUEZ, cédula de identidad N° V-5.335.794, e YNES MARIA CHIRGUITA, cédula de identidad N° V-9.861.157, como garantes de las obligaciones penales del acusado ROBERT AMILCAR RIVERO MEDINA, de nacionalidad venezolana, natural de Maiquetía, Estado Vargas, mayor de edad, de estado civil soltero, cédula de identidad N° V-22.900.002, con residencia Los Cocos, calle principal, casa sin numero, Tucupita, Estado Delta Amacuro; toda vez que los postulados no cumplen con las exigencias establecidas en el dispositivo del artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Asimismo, se declara sin lugar la solicitud de s.....