DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas promovidas, admitidas y evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este debate oral y público, este Tribunal Único de Juicio Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, actuando como Juzgado Unipersonal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 348, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide:
PRIMERO: Se declara NO CULPABLE al ciudadano DIOMAR ANDRES ARISTIMUÑO MOSQUERA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 16.845.873, natural de San Félix, Estado Bolívar, nacido el 24-09-83, de 32 años de edad, soltero, residenciado avenida principal, en la casa 94-01, 25 de Marzo, a dos cuadras de la Maternidad Negra Hipólita ubicada en el Municipio Caroní de Estado Bolívar, teléfono .....