este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a fin de subsanar el error cometido, deja expresa constancia de que el contenido correcto de la Sentencia es la siguiente:
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, contentivo de CONVENIMIENTO DE CUSTODIA, suscrito por los Ciudadanos JULISSA DEL VALLE GONZALEZ CABRERA, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.904.365, residenciada en la Urbanización Delfín Mendoza, calle 06, casa nº 28 de esta ciudad, de profesión u oficio obrera, teléfono de ubicación 0424-9192391, y ELISO GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.512.096, residenciado en la calle 05 de julio, casa nº .....