DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Se admite la totalidad de la acusación fiscal y las pruebas ofrecidas de conformidad con los artículos 308 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano JESÙS ZACARIAS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.082.984, nacido fecha 02/08/1991, residenciado en Deltaven, calle Las Flores, casa Nro. 03, Municipio Tucupita – Estado Delta Amacuro, grado de instrucción Bachiller, profesión Mecánica de Moto, trabajo en un taller en calle Las Flores en Deltaven, taller el Nazareno, teléfono 0424-9273129, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego de Fabricación Ilícita, previsto y sancionado en el .....