Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente Causa por la Vía del Procedimiento Ordinario de conformidad a los artículos 262 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta a los ciudadanos MIGUEL RIVAS PELAEZ, venezolano, natural y residenciado en La Comunidad de Pedernales, Calle la marina, casa s/n Municipio Pedernales, Estado Delta Amacuro, nacido en fecha 13/09/1969, de 43 años de edad, de profesión u oficio pescador, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 10.183.809, hijo de Agustin Rivas (v) y Carmen Peláez (v) y NILSON RAMOS RODRIGUEZ, venezolano, natural del Santo Domingo, Guakajarita, Municipio Libertador del Estado Monagas, residenciado en La Comunidad de Pedernal.....