Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: : PRIMERO: Se acuerda a favor del ciudadano ROBBE RAMBARA venezolano, natural de Cangrejito, estado Delta Amacuro, nacido en fecha 03-03-1979 de 34 años de edad, de profesión u oficio latonería y pintura, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 21.677.536, residenciado en la comunidad del Triunfito, sector el Corozal, por la entrada del acueducto, Municipio Casacoima, estado Delta Amacuro, teléfono 0286-511.40.90, hijo de Roy Rambaran (v) y Indira Rodríguez (v), LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo el imputado de autos, quienes deberán cumplir con la co.....