este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, acuerda lo solicitado. En consecuencia de ello, se fija provisionalmente y sin que ello se considere un régimen de convivencia familiar definitivo, aclarándose a las partes que es con el propósito de garantizarle a la niña y el niño (se omiten los nombres de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) Gomero Cedeño, de 09 y 06 años de edad, respectivamente, el derecho a mantener contacto personal y directo con sus padres y a su interés superior, conforme a los artículos 8 y 27 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el siguiente:
Primero: Un fin de semana cada 8 días, donde el ciudadano: Fernando Enrique Gomero Zacarias, padre de la niña y el niño (se omiten lo.....