DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: La Incompetencia de este Tribunal para conocer la presente demanda por LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por el ciudadano FELIX JOSE CASTILLO DIAZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Venezolano, obrero, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº V-9.862.752, en contra de la ciudadana MARIA TERESA MIRABAL ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº V-9.863.867, de este domicilio. SEGUNDO: Se Declina la Competencia al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
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