Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud formulada por el Abg. Abg. ROMELYS ROSALIA MALPICA, Fiscal Auxiliar Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal se desestima la denuncia interpuesta fecha16 de agosto del Año 2010, por denuncia interpuesta por ante la Policía del estado Delta Amacuro, por el ciudadano: FRANCISCO JAVIER BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.060.959, de nacionalidad venezolana, de 34 años, nacido el 02-05/-1976, de profesión u oficio: agricultor, de estado civil: T.S.U., residenciado en Av. Guasima, frente a la plaza Vargas,.....