este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, incoada por los Ciudadanos NIDIA DEL VALLE VELASQUEZ CABELLO y JOSE GREGORIO GIBORY, suficientemente identificados en autos, y en consecuencia de ello, disuelto el vínculo matrimonial celebrado en fecha dieciséis (16) de octubre del año mil novecientos noventa y siete (1997), por ante la Jefatura Civil del Departamento Tucupita, Capital del Estado Delta Amacuro.
En virtud que los Ciudadanos NIDIA DEL VALLE VELASQUEZ CABELLO y JOSE GREGORIO GIBORY, plenamente identificados en autos, en la solicitud convinieron lo que respecta a las instituciones familiares de su hija, por no ser manifiestamente ilegal o contrario a cualquier norma expres.....