En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de EXTINCIÒN DE LA OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN, interpuesta por el Ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-9.867.977, en contra de los Ciudadanos JUAN CARLOS, LORIANNYS DEL VALLE, KARIANNYS DEL VALLE y JOSÉ MANUEL GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-20.852.421, V-27.189.161, V 28.740.570 y V-27.189.668; respectivamente. En consecuencia, se EXTINGUE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en benefi.....